El Defensor del Pueblo admite la queja interpuesta por el CERMI contra el Reglamento Notarial
El Defensor del Pueblo ha dirigido un escrito al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) para comunicarle que admite su queja contra el Reglamento de organización y régimen Notarial por considerar que puede dar lugar a interpretaciones discriminatorias para las personas con discapacidad.
En concreto, el artículo 182 del reglamento establece que “son incapaces o inhábiles para intervenir como testigos en una escritura notarial las personas con discapacidad psíquica, los invidentes, los sordos y los mudos”. A juicio del CERMI, esto limita injustificada y desproporcionadamente determinadas funciones a las personas con discapacidad.
Ahora, el Defensor del Pueblo ha expresado su acuerdo con esta queja y ha asegurado que iniciará las actuaciones oportunas con la Secretaría de Estado de Justicia para intentar solventar esta situación. Considera que “la interpretación literal del artículo 182 puede dar lugar a discriminaciones, pues impide la intervención de ciertas personas en un acto para que el pueden ser capaces, así como la ausencia de matizaciones a unas prohibiciones demasiado genéricas”.
TecnoSord
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