Otra madre cumplirá la condena en su casa
Tiene 5 hijos, entre ellos una niña sorda. Una nueva sentencia que avanzó con la idea de privilegiar los Derechos del Niño y que la prisión no separe a las madres de sus chicos de corta edad, cuando más las necesitan. Esta vez, un tribunal permitió a una mujer, condenada por vender droga cerca de un colegio, que cumpla su condena en su casa, dado que tiene cinco hijos, uno de ellos una niña de dos años que es sorda, lo que la obliga actualmente a convivir con ella en la cárcel.
La decisión fue tomada por los jueces de la Cámara Federal porteña Eduardo Freiler y Eduardo Farah, quienes revocaron una decisión del juez federal Claudio Bonadío, que se había negado a conceder el beneficio.
Según el fallo, el 13 de julio de 2004 la mujer fue condenada a cinco años y ocho meses de cárcel en un juicio oral por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por el concurso de tres o más personas y por llevar a cabo dicha actividad ilícita en las inmediaciones de un establecimiento de enseñanza”.
La condena quedó confirmada, pero la mujer presentó un pedido de excarcelación -rechazado por la Justicia- que, sin embargo, le concedió ahora el arresto domiciliario sobre la base de su situación familiar.
La Cámara ordenó al juez “procurar los medios necesarios para adecuar con la premura del caso la modalidad de encierro a la prisión domiciliaria”.
El tribunal federal de apelaciones sostuvo también que la condenada tiene cinco hijos, de entre dos y 13 años, y que “tal circunstancia no puede dejar de ser tenida en cuenta al momento de resolver respecto de la cuestión”.
Además, aludió a la Convención de los Derechos del Niño que establece que “deberá primar el interés superior del niño en toda decisión que una institución pública o tribunal de justicia adopte”.
Los camaristas tuvieron en cuenta las consecuencias de la separación de la madre “de los hijos menores”.
En especial valoraron que la menor de sus hijos, de dos años, sufre de sordera y sólo se comunica con su madre, con quien actualmente vive en la cárcel de Ezeiza.
“El encarcelamiento en una unidad penitenciaria reciente el normal desenvolvimiento de la relación familiar con afectación al derecho de los niños”, sostuvo el fallo.
Y aludieron a la ley 26.061 que “incluye especialmente los derechos a la preservación de sus relaciones familiares y a crecer y a desarrollarse en su familia de origen”.
Concluyeron los jueces que “la modalidad de ejecución del encierro, a través de una prisión domiciliaria, se presenta en este caso como la mejor alternativa”. Y ordenaron que el traslado sea “instrumentado en lo inmediato dada la importancia de los altos intereses en juego”.
TecnoSord
IN ENGLISH

